Desde el 1 de Enero de 2004 que entró en vigor el nuevo Sistema de Formación continua bonificada, el cual le da autorización a las empresas para poder disponer sobre una parte del dinero que se ha aportado para la seguridad social durante el año anterior y que puede invertir en formación para sus trabajadores en el año que se está cursando.
En otras palabras mediante la Formación continua bonificada un trabajador tiene derecho a formarse profesionalmente dentro de la empresa y a mejor sus competencias de trabajo, sean estas competencias técnicas o competencias transversales.
El sistema de bonificación es aceptado solo para las acciones formativas que estén relacionadas de forma directa con las actividades de la empresa. Eso quiere decir, que si trabajas en una empresa dedica al corte de jamón es muy improbable que legalmente puedas hacer un curso sea presencial u online de gestión aduanera, porque esta acción formativa no tienen nada que ver con el epígrafe o actividad de tu empresa.
Un punto importante a conocer si eres nuevo en el tema, es que la formación continua bonificada puede ser en muchas ocasiones cien por cien bonificada, mediante la FUNDAE, lo que la convierte en un tema serio, donde la documentación y el seguimiento son aspectos importantes que tiene que tener en cuenta tanto la Entidad Organizadora y la Entidad Formador ante la Fundación Tripartita.
En cada empresa donde hay trabajadores que cotizan en Régimen General de la Seguridad Social, hay un crédito anual de formación. El proceso de la bonificación está compuesto por varias fases, las cuales deben ser llevadas a cabo por profesionales cualificados y con gran bagaje para que posteriormente no hayan requerimientos por parte del Servicio Público de Empleo Estatal.










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