Las empresas que hacen formación programada, hasta marzo 22 de 2015 “formación bonificada para trabajadores” están obligadas a seguir un estricto protocolo en la gestión.
El Real Decreto 395/2007 establece en el artículo 38 que las Administraciones competentes en materia laboral desarrollarán las actuaciones de control y seguimiento de las acciones de formación, y de apoyo y acompañamiento reguladas en este real decreto. Por otro lado, la Orden TAS/2307/2007 establece en el artículo 5 las obligaciones de las empresas beneficiarias, entre las cuales se incluye la de custodiar la documentación acreditativa de las asistencia diaria de los participantes a las acciones formativas si el curso es presencial o a distancia.
Veamos que documentos hay que tener en cuenta.










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